MEMORANDUM Nº 01-2016 -S.M.C.-

Sobre procedimientos para publicidad del Gobierno de La Pampa

 

Dictado el 25-01-16.-

Operador del Digesto:M.L.E.-

 

Producido por: SUBSECRETARÍA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

Para información de: MINISTROS, SECRETARIOS, SUBSECRETARIOS, DIRECTORES Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS.

 

ASUNTO: PROCEDIMIENTO OBLIGATORIO PARA PUBLICIDAD DEL GOBIERNO DE LA PAMPA.-

 

En virtud del cambio de autoridades producido el 10 de Diciembre de 2015, se informa cual es el debido procedimiento para toda publicidad del gobierno de La Pampa.

 

 

PROCEDIMIENTO:

1).- Solicitar autorización mediante nota, indicando claramente lo que se pretende realizar y costo de la misma.-

Se deberá adjuntar el modelo de lo que se quiere realizar para su aprobación, si el material reúne todos los aspectos pretendidos desde el aspecto comunicacional , se dará curso al organismo solicitante para su realización definitiva.-

En caso de ser observado, volverá al organismo al que pertenece para que se le efectúen las correcciones necesarias; y una vez modificadas regresará a Medios de Comunicación para su aprobación definitiva.-

 

a).- Publicación Gráfica: Se deberá solicitar para medios provinciales con 2(dos) días hábiles anteriores a la fecha de su publicación y para medios nacionales 3 (tres) días hábiles; deberá indicarse el medio y la fecha a publicar.-

b) Publicidad radial y televisiva: especificar el medio de comunicación, nombre del programa e importe mensual.-

c) Publicidad en internet: indicar nombre de la pagina web e importe mensual.-

d) Publicidad en Pantalla Led: Colocar ubicación de la misma e importe mensual.-

 

2).- Se deberá remitir la factura para su intervención:

La misma deberá estar acompñada e la nota previamente autorizada y deberán adjuntar:

a) Gráfica:  publicación correspondiente o el modelo realizado (folleto, afiche, etc).-

b) Radio y Televisión: certificado de emisión de publicidad correspondiente.-

c) Pagina Web y Led: Captura de lo publicado.

 

El pedido para publicar en el Boletín Oficial, se debe realizar en la Dirección General de Prensa.-

La Subsecretaría de Medios de comunicación es el único organismo autorizado confeccionar y entregar las ordenes de publicidad para cualquiera de los medios de comunicación.-

Ésta Subsecretaría no autorizará a partir de la fecha, las publicidades realizadas, que hayan sido ordenandas de la forma establecida por el presente Memorandum.-

 

 

Firmado: José Carlos PEREZ, SUBSECRETARIO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN.